
Una fuerte tormenta de viento, lluvia y piedra de gran tamaño se registró en las últimas horas en la localidad de La Humada, provocando diversos daños materiales y la interrupción del suministro de energía eléctrica en todo el pueblo.
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A oídos del gobierno provincial llegaron algunas órdenes de jefes comunales que impedían con terraplenes en rutas hasta el paso de Salud ante emergencias. Por ello, el Superior Tribunal de Justica de La Pampa comunicó hoy que los municipios “no pueden establecer restricciones adicionales o no contempladas en la normativa nacional o provincial”. El funcionario público que lo haga, estaría ante un delito.
Provinciales25 de marzo de 2020
InfoHuella


AQUÍ EL COMUNICADO COMPLETO DEL STJ
Las regulaciones establecidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional regulan, en razón de la emergencia sanitaria declarada, diversas restricciones temporarias a la libertad de circulación con el fin de asegurar el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Si bien la garantía de cumplimiento de dichas regulaciones compete a todos los niveles gubernamentales, en relación a las particularidades del control comunal, es preciso acotar que los municipios deben ejercerla de conformidad a las prescripciones de la Constitución de la Provincia de La Pampa y de la Ley Orgánica de Municipalidades (1597 y sus modificatorias), y bajo el marco de supremacía de la Constitución Nacional (art. 31 CN).
De este modo, sea tanto en situaciones de normalidad como de emergencia (y con más razón en este último caso, atento a la intensidad de la urgencia) su poder municipal no puede ejercerse afectando la integridad de la normativa provincial y nacional, y la acción de sus autoridades sanitarias y ejecutivas, que tiene prelación sobre la esfera comunal y con más razón en este último caso, atento a la intensidad de la urgencia, y para asegurar la unidad de acción y criterios en el accionar estatal.
Esto implica que los municipios no pueden establecer restricciones adicionales o no contempladas en la normativa nacional o provincial, establecer excepciones no previstas o aplicar restricciones de ingreso o egreso a su ejido, suscitando con ello un conflicto de poderes, todo ello sin perjuicio de su potestad y deber de cooperar en el control de las prohibiciones y habilitaciones de la normativa que ejercen las autoridades federales y provinciales en forma concurrente, y sin interferir en el cumplimiento de sus fines.
Aquellos funcionarios Públicos que dictaren ordenes contrarias a la Constitución o a leyes nacionales o provinciales estarían incursos en el delito previsto en el artículo 248 del Código Penal que dice: “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.”
Asimismo, el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido de acuerdo a lo establecido en el artículo 194 del Código Penal con prisión de tres meses a dos años.
En tal sentido, se encomienda a los Sres. Fiscales y demás organismos jurisdiccionales competentes a extremar las medidas necesarias para hacer cumplir la normativa constitucional y legal vigente en este estado de Emergencia Sanitaria.



Una fuerte tormenta registrada durante la tarde de este miércoles provocó importantes daños en la ciudad de General Acha, como consecuencia de intensas ráfagas de viento y precipitaciones.

Paolo de la Fuente fue atacado el pasado 7 de enero. Debido a la gravedad de las lesiones, los médicos le amputaron la pierna derecha y lo indujeron a coma. Falleció en las últimas horas.

La Provincia de La Pampa se prepara para poner en funcionamiento el primer Centro de Rehabilitación Integral Infantil, una obra estratégica que marcará un hito en el sistema de Salud Pública provincial y que está transitando su etapa final de pruebas y trámites administrativos.

Un grave siniestro se registró en las últimas horas sobre la Ruta 20, a la altura del kilómetro 290, a unos 40 kilómetros de la localidad de La Reforma.


El Ministerio de Salud de La Pampa aseguró que se trata de una persona que trajo el virus desde España y presentó un cuadro leve. La detección fue realizada por los laboratorios provinciales y confirmada por la ANLIS Malbrán, organismo de referencia a nivel nacional.





Un grave siniestro se registró en las últimas horas sobre la Ruta 20, a la altura del kilómetro 290, a unos 40 kilómetros de la localidad de La Reforma.

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Mientras muchos todavía quedaron en “modo Jesús María”, hay historias que transcurren lejos de los grandes escenarios pero que hablan de una relación profunda con el campo y las tradiciones. Es el caso de Valentina María Narváez, una adolescente de 15 años que se mueve a caballo por las calles del pueblo con la naturalidad de quien pedalea una bicicleta.

Solo hubo que lamentar daños en los vehículos.





