Juicio abreviado: siete años de prisión por abuso sexual

La jueza de  audiencia de juicio de General Pico María José Gianinetto  condenó a un joven de 22 años a la pena de 7 años de prisión por encontrarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal en concurso real con el delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja y violencia de género y amenazas simples -dos hechos- que concurren en forma real a su vez”.

Provinciales 24 de julio de 2020 Redacción: InfoHuella Redacción: InfoHuella
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El informe oficial - omite nombres por tratarse de una víctima menor de edad - acercado a InfoHuella, sostiene  que el fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal de la cuarta circunscripción judicial con asiento en Victorica,  Alejandra Moyano González (foto),  y por el defensor Marcelo Daniel Mangas, que asistió en la defensa técnica al imputado. Los progenitores y la víctima - ex novia del imputado, de 17 años de edad- manifestaron su conformidad con el acuerdo. 

Los hechos por los que fue condenado el imputado se detallan en dos legajo diferentes. Por un lado se comprobó que el 19 de octubre de 2019, el imputado la agredió sexualmente. En el otro legajo quedó comprobado que en dos oportunidades en el mes de septiembre del mismo año, el imputado la agredió físicamente y la amenazó de muerte.

La jueza agregó en el fallo que “el material probatorio incorporado a los legajos es concluyente respecto a la existencia de los hechos y que fueron cometidos por el imputado, que así lo ha confesado. Contamos para ello con la declaración de la propia joven, que relata claramente y sin contradicciones los hechos padecidos -que se produjeron en el contexto de violencia de género, por lo que deben ser enmarcados también en la ley 26485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales-, como así también con los informes que avalan tales circunstancias, como los certificados médicos respecto de las lesiones y el informe pericial psicológico respecto de la joven. Asimismo, los hechos se acreditaron con los demás informes técnicos, procedimientos de allanamiento y secuestro de elementos de interés. 

Se completó la investigación con los informes de la Agencia de Investigación Científica”.  

En referencia a la pena solicitada en el acuerdo, la magistrada expresó que en atención a que “ la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por los antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 369 C.P.P., y que el acuerdo de partes establece como monto punitivo la pena de siete años de prisión, es la que habré de imponer, teniendo en cuenta que el acusado no registra antecedentes condenatorios, como así también el estado de vulnerabilidad en que se encontraba la joven víctima y las secuelas que estos hechos han dejado en ella, lo que la llevó incluso a iniciar tratamiento psicológico”.  

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