
Artículo 41: un programa por un ambiente sano desde el aire de Kermés
InfoHuella


“Se trata de un programa radial ambiental donde ejercemos el derecho a saber y hablar para un ambiente sano. Con entrevistas exclusivas, toda la info y buena música”, cuenta Florencia Srur, una de las voces del programa.
Hoy, entre otros temas, entrevistarán a Priscilla Minotti. Licenciada en Ciencias Biológicas (UBA), para abordar el tema de los Humedales.
-¿Quiénes hacen Artículo 41?, consultó InfoHuella.
-Somos parte de Hidrología Aplicada Pampeana, un grupo conformado por la ingeniera en Recursos Naturales y Medio Ambiente Florencia Srur, la licenciada en Geología Julia Ochoa y el Ingeniero en Recursos Naturales y Medio Ambiente Ramiro Páez. Desde el 2018 estamos en este grupo para divulgar y difundir temáticas ambientales hídricas en La Pampa y el territorio nacional.
El Artículo 41 de la Constitución Nacional sostiene que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
-¿Por qué eligieron Artículo 41 para darle nombre al programa?
-Porque es el artículo marco para que luego puedan hacerse leyes de protección ambiental y de educación ambiental. El hecho que dé derecho a un ambiente sano da la potestad al pueblo de reclamar ese derecho. Como cuando fue lo de Botnia (papelera), o con los incendios, inundaciones. El Estado tiene que garantizar que ambientalmente hablando vivamos bien. Y eso es algo muy importante. Si pensamos en los puesteros del oeste pampeano con su problemática por el corte sistemático del Atuel, deberíamos interrogarnos hasta dónde el Artículo 41 nos está garantizando un ambiente sano.
Además, es un artículo del que poco se habla pero que pesa fuerte en el imaginario colectivo de todos. Porque todas las personas saben que la quema de bosque de caldén en territorio pampeano o bosque en general a nivel mundial duele, que un río robado - como el Atuel en tierra pampeana – duele, y que una papelera contaminante también duele.




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