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La iniciativa fue aprobada por 47 votos afirmativos y tres abstenciones de la Izquierda, durante la sesión ordinaria del Parlamento porteño, a instancias de un proyecto del oficialismo porteño, que tuvo aportes de los bloques de la oposición.
Provinciales25 de noviembre de 2021
InfoHuella


Según la ley, en las ofertas de empleo tampoco se podrá requerir de manera obligatoria y excluyente la remisión de videos o fotografías.
Las personas que buscan trabajo en la Ciudad de Buenos Aires no estarán obligadas a colocar en los currículum vitae datos como el nombre y apellido, así como tampoco adjuntar fotos y videos, de acuerdo a una ley sancionada por la Legislatura porteña, que intenta impedir “todo sesgo discriminatorio que imposibilite la igualdad de trato y oportunidades” por parte de los empleadores.
La iniciativa fue aprobada por 47 votos afirmativos y tres abstenciones de la Izquierda, durante la sesión ordinaria del Parlamento porteño, a instancias de un proyecto del oficialismo porteño, que tuvo aportes de los bloques de la oposición.
La propuesta apunta a “promover la igualdad de oportunidades en la identificación del talento, reclutamiento y el acceso laboral en condiciones de equidad y no discriminación”.
"Las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como edad, raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, estado civil, posición económica, condición social, caracteres físicos" reza la norma, entre otras condiciones
Para ello, plantea “con carácter obligatorio la Búsqueda Laboral equitativa para todos/as los/las empleadores/as del sector público y privado, consultoras de selección de personal, plataformas o portales de búsqueda y cualquier otro intermediario a través de los cuales se ofrezcan y demanden puestos de trabajo y se permita la carga y envío de currículums, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
“Las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como edad, raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, estado civil, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena y cualquier otro dato que no fuera imprescindible para el trabajo que se ofrece”, dispone.
Y agrega que “en las ofertas de empleo tampoco se podrá requerir de manera obligatoria y excluyente la remisión de videos, fotografías, imágenes, audios, nombre y apellido completo o cualquier otro dato que permita su identificación en redes sociales”.
“La búsqueda laboral equitativa minimiza la probabilidad de discriminación, al menos durante las primeras fases del proceso de selección de personal, de esta forma los aspirantes pueden competir en igualdad de trato y oportunidades", indicó el diputado Diego García Vilas, autor del proyecto.
En ese marco, señaló que "es un proyecto que no puede resolver todas las cuestiones específicas de la relación laboral, pero sí es un gran primer paso que nos va a permitir generar una barrera menos de acceso a un montón de personas que ni siquiera acceden a una primera entrevista de trabajo".
"Compartimos el sentido general del proyecto porque tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades laborales en condiciones de equidad y no discriminación "Cecilia Segura-legisladora FdT
Por su parte, la legisladora del Frente de Todos sostuvo que, junto a sus compañeros de bloque, comparten "el sentido general del proyecto porque tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades laborales en condiciones de equidad y no discriminación".
Segura manifestó algunas objeciones al texto sancionado dado que contiene "limitaciones al proyecto original", no obstante expresó su respaldo a "cualquier proyecto que implique, aunque sea un mínimo avance en la ampliación de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores".



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