Cocaína adulterada: Lo que mata es el prohibicionismo

En un ensayo publicado en Anfibia Florencia Corbelle propone repensar las políticas vigentes, modificar la ley penal y reformular las categorías desde una perspectiva de DDHH para evitar el daño a las comunidades más afectadas por la “guerra contra las drogas”.
Columnas07 de febrero de 2022InfoHuellaInfoHuella
cocaadulterada

Por: Florencia Corbelle / Publicado en Anfibia

El régimen prohibicionista de control de sustancias psicoactivas ilegales fracasó. Desde su consolidación mundial en la década del 60’ no sólo se aumentó el consumo de estas sustancias: también crecieron los mercados de venta.

En los últimos días, más de veinte personas murieron y varias decenas se encuentran internadas por consumir “cocaína adulterada” en la zona noroeste del conurbano bonaerense. El ministro de Seguridad de la provincia, Sergio Berni, recomendó a quienes habían adquirido esta sustancia en las últimas 24 horas descartarla. El Ministerio de Salud emitió una alerta epidemiológica, y desde la gobernación se creó un Comité de Emergencia.  

Estas respuestas recibieron enérgicas críticas de buena parte del arco político que insiste en que el problema es la falta de combate al narcotráfico y un estado ausente que “no acompaña a lxs pibxs en los barrios”. En pocas palabras, se identifican dos problemáticas “los narcos” y “la adicción” que se presentan además como fenómenos fuertemente territorializados. Esta singularización conduce, a su vez, a una serie de afirmaciones y evaluaciones en torno al desempeño de las policías, fuerzas de seguridad y sistema judicial que apuntan a la inacción o a la lisa y llana complicidad; o bien deriva en la pregunta sobre qué hacer con lxs pibxs que “caen en la droga”. Pero, sobre todo, esta forma de enmarcar el problema genera una ola de pánico moral que demanda respuestas: que exige, por un lado, que la policía “haga algo”, que reviente quioscos y bunkers, o que intervenga la Gendarmería; y, por el otro, que el estado financie a las organizaciones eclesiásticas y sociales que trabajan con las juventudes de los sectores populares. Paradójicamente, así planteados los problemas y las aparentes soluciones, la trágica muerte e internación de las decenas de personas que consumieron la cocaína adulterada no se hubiera evitado.

Por el contrario, resulta imperioso no sólo repensar las políticas vigentes sino también las propias categorías en torno a las cuales problemas y soluciones se van configurando y que no sólo refuerzan estigmas y estereotipos, sino que hunden sus raíces en un paradigma –i.e. el régimen prohibicionista de control de sustancias psicoactivas ilegales– que a todas luces ha fracasado. De hecho, desde su consolidación a nivel mundial en la década del sesenta no sólo han proliferado los mercados y ha aumentado el consumo de dichas sustancias, sino que como se evidencia en el informe presentado por diecisiete organizaciones de la sociedad civil ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2014, posteriormente editado y publicado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la implementación de estas políticas en la región ha generado un notable impacto en el funcionamiento de los sistemas de seguridad, justicia y penitenciario, ha aumentado los niveles de violencia en especial en zonas empobrecidas profundizando el deterioro de las condiciones de vida y la estigmatización de sus habitantes, ha vulnerado los derechos humanos de miles de personas que son judicializadas y encarceladas acentuando la discriminación y exclusión que pesa sobre determinados grupos sociales, y ha ampliado las inequidades económicas y asimetrías internacionales.

Argentina y “la lucha contra el narcotráfico”

Entre 2014 y 2019, de acuerdo con los datos del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC) elaborado por la Dirección Nacional de Estadística Criminal del Ministerio de Seguridad de la Nación, la cantidad de “hechos presuntamente delictuosos” vinculados a la ley de drogas registrados por las policías y fuerzas de seguridad de todo el país se triplicaron, pasando de 32.884 en 2014 a 61.746 en 2018 y 98.037 en 2019. Este aumento se explica principalmente por el incremento que se produjo en los hechos registrados como “tenencia simple atenuada para uso personal”. De hecho, el 66 por ciento de los hechos registrados en 2019 por las policías y fuerzas de seguridad por infracción a la ley de drogas no estuvieron relacionados con la venta.

La situación es bastante diferente en el sistema judicial. En la última década, primaron las causas por comercialización seguidas por las de “tenencia para consumo”, que se incrementaron especialmente entre 2016 y 2018. Esto podría llevarnos a suponer que durante todos esos años las agencias de control penal efectivamente libraron una ardua “lucha contra el narcotráfico”. Una lectura atenta de los datos deja claro que este no fue el caso. 

Tal como da cuenta la Plataforma interactiva de datos estadísticos de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), la mayor parte de las causas que ingresaron entre 2011 y 2020 a la justicia federal lo hicieron en el marco de tareas de prevención de las fuerzas de seguridad (61%), y en 2020, el 85 por ciento de las causas ingresadas tenía una o ninguna persona imputada por delito y solo el 4 por ciento involucraban a 3 o más personas. Dicho de otro modo, las agencias de control penal detuvieron y procesaron principalmente a personas que usan, transportan y venden drogas en pequeñas cantidades. La persecución del crimen organizado hubiera conllevado, por el contrario, tareas de investigación antes que de “prevención”, pero además hubiese implicado un mayor número de personas imputadas por causa.

La situación no es muy diferente en la provincia de Buenos Aires y demás jurisdicciones que han implementado la llamada ley de desfederalización, norma que habilita a las provincias a juzgar, entre otros, los delitos de “tenencia para consumo”, “tenencia simple” y “tenencia para comercialización” en dosis destinadas al consumo. Los datos publicados por el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires indican que, el 80 por ciento en 2019 y el 88 por ciento en 2020 de las “investigaciones penales preparatorias” por infracción a la ley de drogas de la jurisdicción se iniciaron en sede policial y en más de la mitad de las causas se ignora a las personas responsables del hecho. Esto por supuesto luego impacta en la forma en que el sistema judicial resuelve este tipo de delitos: la mayoría termina en sobreseimientos o archivo y apenas el 4 por ciento llega a juicio.

Entretanto, la cantidad de personas encarceladas por este tipo de delitos creció un 338 por ciento entre 2002 y 2019. En el último año, representaron el 15 por ciento del total de personas presas en nuestro país y, en el caso de las mujeres y personas trans, el 47 y 57 por ciento, respectivamente. La mayor parte se encontraba procesada y entre quienes cumplían condena, el 77 por ciento lo hacía por penas menores a 6 años. Por otra parte, el 77 por ciento de ellas al momento de su detención se encontraban desocupadas o tenían un trabajo de tiempo parcial. Es decir, quienes están presxs son personas de escasos recursos, que cumplen las penas más bajas, probablemente por delitos asociados a la venta de sustancias psicoactivas ilegales en pequeñas cantidades como estrategia de subsistencia y cuyo encarcelamiento no tiene impacto alguno en el crimen organizado.

De modo que, cuando estas prácticas policiales y judiciales (con estos resultados) son defendidas en nombre del “combate al narcotráfico”, no sólo se está englobando a todas las situaciones de venta en una misma categoría (o, dicho de otro modo, borrando las enormes distancias que existen entre un soldadito y quien encabeza una banda de crimen organizado); sino que se nos ofrece nula información sobre las características del mercado y a quiénes se está persiguiendo, criminalizado y encarcelando. Es más, se alimentan discursos alarmistas sobre el incremento del “narcotráfico” y se refuerzan estereotipos, que legitiman la intervención de estas agencias, sin aportar indicadores válidos para el desarrollo de políticas eficaces y respetuosas de los derechos humanos.

Sobre el uso de sustancias ilegales

De todas formas, el debate no pasa únicamente por el modo en que se conceptualiza el problema de la oferta y se diseñan aparentes soluciones. Las categorías que se emplean para caracterizar el uso de sustancias psicoactivas ilegales y las respuestas que suelen esbozarse son igualmente problemáticas. No sólo tienden a ubicar el “consumo problemático” en los sectores populares y restringirlo a determinada franja etaria (i.e. lxs jóvenes), sino que presuponen que, si existieran más centros de atención de los consumos problemáticos, clubes de barrio, actividades culturales y deportivas, nadie consumiría estas sustancias, lo que es totalmente falso. Parafraseando el título del libro de Emilio Ruchansky, vivimos en un mundo con drogas, y negarlo no conduce sino a políticas ineficaces.

Ahora bien, con esto no queremos decir que las políticas preventivas y asistenciales no deban existir, ni estamos negando que el consumo aunado a la vulneración de otros derechos genere situaciones más complejas que demanden respuestas integrales, así como tampoco implica afirmar que el estado no deba continuar financiando y mejorar el control de los dispositivos territoriales de abordaje de los consumos problemáticos, sean estos de la Sedronar o Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario (CAAC), como se denomina a los dispositivos que poseen las organizaciones sociales y eclesiásticas en los barrios. Lo que no podemos hacer es engañarnos y pensar que con esas respuestas el llamado “problema de las drogas” estaría solucionado. En primer lugar, no todas las personas que consumen tienen un problema de adicción o están atravesando una situación de consumo problemático. De acuerdo con el Informe Mundial sobre las Drogas, publicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2021), 275 millones de personas consumieron alguna sustancia psicoactiva ilegal en el mundo en el último año, de las cuales sólo el 13 por ciento atravesaba una situación de consumo problemático. En segundo lugar, no todas las personas que consumen quieren dejar de hacerlo.

Un marco jurídico contradictorio

En 2010, la Ley de Salud Mental enumeró dentro de los “servicios de salud” la reducción de daños. Sin embargo, en nuestro país se continúan privilegiando los abordajes prohibicionistas y abstencionistas. Es decir, no contamos con prácticas habituales en otros lares como el testeo de sustancias, que permite a las personas usuarias saber la composición de lo que consumen y los riesgos que ello puede traer aparejado, ni se ha utilizado con asiduidad el Sistema de Alerta Temprana de las Américas (SATA), diseñado para recopilar y difundir información sobre las sustancias que circulan y sus adulterantes.

Más aún, la ley de drogas vigente no sólo continúa criminalizando la “tenencia para consumo”, sino que contempla la aplicación de “medidas de seguridad curativas” a personas “dependientes” como complemento de la encarcelación, sustituto de la pena o alternativa al proceso. Ello entra en franca contradicción con la Ley de Salud Mental en donde tanto el inicio como la permanencia de las personas en un tratamiento son voluntarios, por principio rige el consentimiento informado y las personas tienen derecho a tomar decisiones relacionadas a su atención y tratamiento. Así, mientras que la ley penal admite la posibilidad de someter por vía judicial a una persona a un tratamiento compulsivo por tiempo indeterminado; en la Ley de Salud Mental y el Código Civil y Comercial de la Nación, la internación involuntaria es concebida como un recurso terapéutico excepcional que sólo puede utilizarse cuando a criterio del equipo de salud existe una situación de riesgo cierto e inminente para sí o para tercerxs.

Por otra parte, la ley de drogas también entra en contradicción con la Ley de Cannabis Medicinal. Esta última reconoce los efectos terapéuticos de la planta; mientras que, la ley penal continúa criminalizando a quienes usan y cultivan cannabis, pero no reúnen los requisitos para inscribirse en el REPROCANN –registro que autoriza a cultivar con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos del dolor a usuarixs, familiares, tercerxs y ONG– o no se encuentran inscriptxs a pesar de reunirlos. Es más, han tenido lugar detenciones y allanamientos a personas correctamente inscriptas en el registro.

El problema son las políticas prohibicionistas

La muerte de una veintena de personas y la internación de otras tantas a raíz del consumo de cocaína adulterada es producto de décadas de políticas prohibicionistas y abstencionistas que persiguen y criminalizan a las personas usuarias de sustancias psicoactivas ilegales, dificultado su acceso al sistema de salud y negando cualquier abordaje que no tenga a la suspensión del consumo como meta. Ni la destrucción de quioscos o bunkers, ni la construcción de nuevos o el otorgamiento de un mayor presupuesto a los dispositivos territoriales de abordaje de los consumos problemáticos existentes, pudieran haber evitado esta tragedia. Así como tampoco el encarcelamiento o expulsión del perejil de turno, evitan que pueda suceder de nuevo.

Lo que se precisa son categorías adecuadas que permitan definiciones precisas del problema y el diseño de políticas eficaces, pero sobre todo que no produzcan más daño a las comunidades y colectivos más afectados por la denominada “guerra contra las drogas” y sean respetuosas de los derechos humanos. En otras palabras, urge una modificación de la ley penal vigente que, en línea con el Fallo Arriola de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2009), descriminalice las conductas asociadas al consumo de todas las sustancias, pero que también disminuya las escalas penales para lxs actorxs menores de la cadena del tráfico orientando la persecución al crimen organizado como política a mediano plazo y apuntando en un futuro a una regulación estatal de los mercados. Únicamente, descriminalizando las conductas asociadas al consumo de estas sustancias y con la implementación de políticas de reducción de daños como el testeo de sustancias, que informan a las personas sobre la composición de lo que consumen y les advierten los riesgos que ello puede traer aparejado, es que este tipo de tragedias pueden evitarse.

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