
A las 15 horas, el termómetro del Servicio Meteorológico Nacional trepó a los 41.1 °C grados en Santa Rosa, capital pampeana.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar a un recurso de apelación presentado por una madre (en nombre de sus hijas), y dispuso que la actualización de la cuota alimentaria –en este caso según la pauta de incremento salarial que se establezca para los empleados de la administración pública provincial– debe pagarse a partir del dictado de la sentencia y no cuando ella quede firme.
Provinciales10 de agosto de 2023
InfoHuella


El informe al que accedió InfoHuella de fuentes oficiales sostiene que “Condicionar su aplicación para la oportunidad en que la sentencia resulte firme, no aparenta ser una medida orientada a resguardar la integridad de la cuota alimentaria fijada a favor” de las hijas de la demandante, dijeron las juezas Marina Álvarez y Laura Torres, integrantes de la Sala 1. Y agregaron: “Ese diferimiento tampoco atiende a priorizar en concreto y en contexto el superior interés de las niñas”.
“Pero, además, supeditar ese reajuste para esa ocasión implicaría que no podría serlo hasta tanto se agoten todas las posibles instancias recursivas (como el recurso extraordinario provincial y, en su caso, el recurso extraordinario federal)”, sin contar el propio recurso de apelación, razonaron. Ello también “contradice el efecto devolutivo que rige para las impugnaciones en materia alimentaria y que deriva en que los recursos, independientemente de su eventual progreso, no detienen el cumplimiento de la sentencia”, añadieron las camaristas.
Más adelante, el Tribunal sostuvo que “asimismo, al revisar los términos de la sentencia, a fin de ponderar los motivos por los cuales se consideró esa decisión, pudo observarse que los considerandos se limitaron a efectuar esa determinación, pero sin explicar los motivos”.
Inmediatez
Álvarez y Torres expresaron que “no se advierte que esa medida se presente adecuada para preservar no solo el valor adquisitivo de los alimentos, sino que a su vez contradice la propia naturaleza de esa prestación, pues ella se orienta a satisfacer las necesidades básicas de las niñas” y subrayaron que la satisfacción debe darse “a la mayor inmediatez”.
La progenitora había planteado que la actualización debía practicarse a partir de la audiencia de conciliación –cuando se presentó la demanda–, indicando que “el derecho alimentario tiene base constitucional y convencional por ser un derecho humano relacionado directamente con el derecho a la vida, pero el problema radica en su efectividad”. Además, argumentó la existencia del proceso inflacionario que vive el país y pidió “una respuesta jurisdiccional eficaz y útil en el tiempo”.
La Cámara sostuvo que para la actualización de alimentos entre el momento de presentación de la demanda y la sentencia “se prevén otros mecanismos”, como la aplicación de intereses y lo que establece el artículo 620 del Código Procesal Comercial y Civil de La Pampa sobre alimentos atrasados (“para el pago de los alimentos que se devengaren durante la tramitación del juicio, el juez/a fijará una cuota suplementaria, de acuerdo con las disposiciones sobre inembargabilidad de sueldos, jubilaciones y pensiones, la que se abonará en forma independiente”).​
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Este lunes, el natatorio abre sus puertas a las familias y turistas. La ciudad ya tiene una pileta moderna que une el pasado, el presente y el futuro en la ciudad capital. El intendente le puso voz a la cuenta regresiva con un “chapuzazo” que protagonizaron niños y niñas de Santa Rosa para inaugurar las obras integrales en el Parque Laguna Don Tomás.

La muerte de dos mujeres referentes de la cultura pampeana generó una profunda conmoción en la provincia y derivó en una investigación sanitaria y judicial que continúa en desarrollo. Lo que en un primer momento fue una sospecha vinculada al consumo de escabeches durante una reunión social, terminó siendo un caso de botulismo, confirmado por el Ministerio de Salud.

El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Epidemiología, confirmó que se encuentra en proceso de investigación un caso sospechoso de botulismo alimentario en una persona adulta que falleció este viernes.

El Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) difundió el mapa de Condiciones de Peligro de Incendios para el período comprendido entre el 26 y el 30 de diciembre de 2025, en el que La Pampa aparece incluida dentro de las zonas en “Alerta”, lo que implica un riesgo elevado de incendios forestales y rurales.

Trabajadores y trabajadoras del frigorífico pampeano HV de Bernasconi atravesaron las fiestas de Navidad sin percibir sus salarios y con una profunda incertidumbre sobre su continuidad laboral. La situación afecta a alrededor de 120 empleados, quienes reclaman respuestas urgentes por parte de la empresa.





El Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) difundió el mapa de Condiciones de Peligro de Incendios para el período comprendido entre el 26 y el 30 de diciembre de 2025, en el que La Pampa aparece incluida dentro de las zonas en “Alerta”, lo que implica un riesgo elevado de incendios forestales y rurales.

El vuelco tuvo lugar sobre la ruta nacional 151, a la altura de la localidad pampeana de Algarrobo del Águila. Hay dos personas con lesiones leves.

El hecho ocurrió en noviembre de este año y la condena fue dictada este martes —apenas un mes después— en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. El imputado había faenado un animal vacuno sin la autorización del propietario del establecimiento rural.

En el marco de la investigación preliminar - que sigue siendo de oficio ya que no hay denuncia - iniciada por un caso de intoxicación por toxina botulínica vinculada al consumo de conservas de la marca Juli-Mar donde falleció una mujer, este martes 30 de diciembre se llevó a cabo la audiencia solicitada por la persona imputada.

A las 15 horas, el termómetro del Servicio Meteorológico Nacional trepó a los 41.1 °C grados en Santa Rosa, capital pampeana.





