¿Y el Bienestar, y el Manual?: Cuarenta grados y animales al rayo del sol

En la zona del Departamento Loventué como en otros puntos del país, hay encierros o engorde a corral donde los animales soportan 40 grados de calor – como en este momento – sin tener una triste sombra. ¿Qué dice el Manual de Bienestar Animal elaborado por Senasa? 
Al Campo08 de enero de 2023InfoHuellaInfoHuella
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“Es importante proveer a los animales de una adecuada protección frente a las condiciones climáticas, ya sea mediante un monte o arboleda, reparos o techos construidos con media sombra u otro material duradero, con especial atención en producciones lecheras bovinas o caprinas, porcinas al aire libre u ovinas tras la esquila”, dice el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria que tiene el objetivo en territorio argentino de cuidar la sanidad animal, vegetal y la inocuidad de los alimentos.

Este domingo 8 de enero de 2023 el termómetro trepó a los 40 grados. Hasta los perros, ubicados en viviendas acondicionadas, sufren el calor, como lo padecemos los humanos. Uno puede visualizar casos aislados, como un animal atado en el patio de una vivienda de un barrio, pero qué pasa cuando vemos un encierro con cientos de animales sin sombra, soportando el sol a plena siesta. 

“Es preciso entender al bienestar animal como comprendiendo todo lo relativo al confort animal, incluyendo alojamiento apropiado, trato y cuidado responsables, nutrición, manejo, prevención de enfermedades, transporte, faena humanitaria o eutanasia”, consigna el Manual de Senasa. 

LAS 5 LIBERTADES

El Bienestar Animal (BA) representa el modo en que un animal afronta las condiciones de su entorno, considerando que se encuentra en condiciones de bienestar si puede experimentar las cinco libertades: 

Ausencia de hambre, de sed y de malnutrición

Ausencia de miedo y estrés sostenido

Ausencia de incomodidades (físicas y térmicas, entre otras)

Ausencia de dolor, lesión y/o enfermedad; 

Libertad para manifestar un comportamiento natural.

PERO DESDE CUÁNDO

La preocupación por el Bienestar Animal es, de alguna manera, tan antigua como la ganadería, observando que desde un principio el hombre primitivo siempre evitó alimentarse de animales enfermos o que murieran antes de matarlos para su consumo.

En el mundo, la primera ley para la protección de los animales se sancionó en Inglaterra en 1822, dando lugar a la posterior fundación de la aún activa Royal Society for the Prevention of Cruelty to Animals (RSPCA).

Por su parte, en Argentina Juan Manuel de Rosas redactaba en el año 1819 las Instrucciones a los mayordomos de estancia, en las cuales ya se hacía referencia a las condiciones de manejo y pastoreo de los animales. De similar manera, en 1882 José Hernández, autor del Martín Fierro, escribía Las Instrucciones del Estanciero y Esbozaba aspectos del arreo, trato y manejo de la hacienda.

HACE POCO

En julio de 2017 el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dictó la Resolución 329/2017 que establece los nuevos requisitos de instalaciones, bioseguridad, higiene y manejo sanitario para el registro y la habilitación sanitaria de establecimientos de engorde a corral, que presentan confinamiento de bovinos, bubalinos, caprinos y ovinos, sin acceso a pastoreo.

Cabe destacar que desde el 2001 – según señala un artículo publicado en el diario La Voz -, el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral, que funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa regula a estos establecimientos que se dedican a la alimentación  exclusivamente en corrales (para completar los ciclos de recría, engorde y terminación, utilizando productos y subproductos para la alimentación de los mismos, sin permitir el acceso al pastoreo), y controla que se cumplan con las condiciones establecidas para su funcionamiento.

BIENESTAR

Según sostiene Senasa, el término Bienestar Animal designa “el modo en que un animal afronta las condiciones de su entorno, el cual está en buenas condiciones de bienestar si (según indican pruebas científicas) está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, puede expresar sus formas innatas de comportamiento y si no padece sensaciones desagradables de dolor, miedo o desasosiego”.

LOS 12 PUNTOS

1. Los animales deben tener una alimentación suficiente y adecuada para no sufrir hambre de manera prolongada.

2. Los animales deben tener acceso a un suministro de agua química y bacteriológicamente apta para consumo animal en cantidad suficiente y adecuada para no sufrir sed por un tiempo prolongado.

3. Los animales deben estar cómodos durante el descanso.

4. Los animales deben tener una temperatura adecuada, no deberán padecer calor o frío.

5. Los animales deben tener suficiente espacio para moverse con libertad.

6. Los animales no deben presentar lesiones físicas.

7. Los productores deben mantener las condiciones ambientales y la higiene de manera tal de minimizar la ocurrencia de enfermedades.

8. Los animales no deben sufrir dolor durante el manejo, las maniobras zootécnicas, las intervenciones quirúrgicas o el sacrificio humanitario.

9. Los animales deben poder manifestar comportamientos sociales normales y no dañinos.

10. Los animales deben poder manifestar otros comportamientos normales y naturales específicos de su especie. 

11. Los animales deben ser manejados correctamente en todas 

circunstancias, rutinas diarias o de trabajo, arreos y transporte, entre otras, indistintamente de su categoría o tipo.

12. Se deberán evitar las emociones negativas como miedo, angustia, frustración o apatía, y promover las emociones positivas como seguridad y satisfacción.

Por último, cabe señalar que – según detalla Senasa -  es fundamental el diseño y construcción adecuada de las instalaciones conforme la actividad que se desarrolla y el número de animales.

Teniendo en cuenta que el mismo organismo nacional tiene un Manual de Bienestar Animal y una Resolución por cumplir, cabría cuestionarse por qué hay vía libre para el incumplimiento

Foto: Gentileza Bichos de Campo. 

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