Club de Litigación: Vicentin, respuestas de estudiantes de la UNLPam

Lo que tenés que saber a la hora de tomar una postura crítica sobre un debate nacional. Estudiantes abordaron la polémica por Vicentin: aquí el informe que compartieron en redes sociales.

Columnas 25 de junio de 2020 Redacción: InfoHuella Redacción: InfoHuella
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El Club de Litigación La Pampa, creado recientemente por estudiantes de la carrera de abogacía de la Universidad de La Pampa, tiene el objetivo de “lograr una Justicia más justa e igualitaria dentro de la Provincia, respetuosa de los Derechos Humanos y de principios de la Constitución Nacional. 

estuddunlpamPor primera vez en La Pampa: estudiantes de abogacía de la UNLPam conformaron el Club de Litigación

Polémica Vicentin. Algunos aspectos a tener en cuenta.

¿La empresa fue expropiada? La respuesta es NO, el DNU Nº 522/20 en su art. 1 establece una INTERVENCION TRANSITORIA de la empresa, por un plazo de 60 días. 
La empresa se encuentra en un proceso concursal, ¿qué quiere decir? que la misma se encuentra en cesación de pagos, significa que no puede afrontar todas las deudas que tiene. ¿Desde cuándo está en concurso? Desde el 10/02/2020, ¿desde cuándo se declaró en cesación de pagos? es decir, desde cuando no está pudiendo cubrir sus deudas: Desde el 04/12/2019. .

¿Qué derecho le permite al Estado realizar este procedimiento? La Ley 21.499, en su artículo 57 y siguientes, habla de ocupación temporaria anormal, ¿Qué quiere decir esto? Que por alguna razón de necesidad anormal o urgente, la autoridad de administrativa, en este caso, el Presidente puede disponerla directamente. 
No obstante, la expropiación en sí misma, se encuentra regulada en nuestra Constitución Nacional, en su artículo 17, y ahí sí, se exige que la misma surja por ley del congreso.

¿Lo puede hacer? La respuesta es SI, ¿Cuáles son las condiciones? Tiene que demostrar, que hay causa de utilidad pública, significa que exista un beneficio para la sociedad toda, y tiene que demostrar que el medio es más razonable, y más beneficioso que un proceso concursal.

¿Qué paso? Se pide la inconstitucionalidad del decreto, ¿qué quiere decir?, que se analice si el mismo es acorde con la normativa de mayor jerarquía, o si es contraria o violatoria a ella. 
Ante el pedido, de manera irrazonada el juez que lleva adelante el concurso, se declara incompetente por no ser la declaración de inconstitucionalidad conexa a una característica patrimonial ¿Lo puede hacer? La respuesta es NO, en nuestro país rige un sistema difuso, es decir que todo operador del sistema de justicia debe hacerlo.

Entonces, hasta hoy no hay una expropiación, sino un DNU que dictamina la ocupación temporaria, y queda en manos del Congreso decidir si se lleva a cabo o no el proceso de expropiación de la empresa Vicentin.

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