En La Pampa: Los albañiles podrán salir a trabajar en cuarentena

Ayer lo había solicitado el gobernador Ziliotto a Nación. Los trabajadores de la obra privada están obligados a “tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - COVID-19”, el cual continúa disponible en la web del Gobierno nacional.

Provinciales 24 de abril de 2020 Redacción: InfoHuella Redacción: InfoHuella
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En uno de los documentos publicados en el Boletín Oficial, la Decisión Administrativa 625/2020, hace referencia a la situación en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y La Pampa, donde pueden retomar sus actividades laborales las personas “afectadas al desarrollo de obra privada”.

En este sentido, el texto aclaró que este permiso estará “sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”.

 “En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus”, detalló el Gobierno, consignó InfoBae.

Además, se remarcó que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente”, mientras que “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad” para sus respectivos trabajadores.

Cada provincia tendrá que “dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo” de la construcción privada, “pudiendo limitar su alcance a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos” dependiendo de “la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”.

Los empleados del sector, en tanto, están obligados a “tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - COVID-19”, el cual continúa disponible en la web del Gobierno nacional.

Asimismo, se adelantó que esta excepción “podrá ser dejada sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia”, así como también por “el Jefe de Gabinete de Ministros, en cualquier tiempo y circunstancia”.

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