Por “exclusiva culpa”: Multa de $ 30 millones a la Fundación Campo Limpio

La sanción económica aplicada por el Gobierno Provincial se funda en el “daño ambiental” producido por la inadecuada gestión de bidones vacíos de fitosanitarios, entre el 28 de enero y el 11 de febrero de 2020.  Se probó que en ese  lapso,  por “exclusiva culpa” de la Fundación Campo Limpio,  no funcionó el sistema de gestión de este tipo de envases vacíos.  

Provinciales 09 de agosto de 2020 Redacción: InfoHuella Redacción: InfoHuella
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La decisión fue tomada a través de la subsecretaria de Ambiente de La Pampa, con  la intervención de la Fiscalía de Estado, que tuvo a su cargo el análisis jurídico del caso.
La disposición rechaza el descargo y la ampliación presentados por la Fundación Campo Limpio  y aplica una multa equivalente a  un monto cercano a los 30 millones de pesos por “violar lo establecido en el artículo 10° inciso b de la Ley 27279  y el artículo 4° de la Ley 25675”.
La fundamentación de la sanción sostiene que la conducta desplegada por la Fundación se constituyó en “una flagrante violación” de la Ley de Presupuestos Mínimos General del Ambiente.
A párrafo seguido afirma que Campo Limpio transgredió palmariamente  el principio de prevención y atribuye a su conducta el “daño ambiental producido por la inadecuada gestión de bidones vacíos de fitosanitarios entre el 28 de enero y el 11 de febrero de 2020”.
Vale recordar en que el mes de enero de este año,  inspecciones realizadas en los centros de acopio de la Fundación confirmaron que no estaban concluidos y en condiciones de funcionar. Por este motivo y hasta tanto se culminaron las obras necesarias, el Gobierno provincial se vio obligado a prohibir la comercialización de agroquímicos en jurisdicción  de La Pampa.
El retraso en la puesta en funcionamiento del Sistema de Gestión de envases vacíos de fitosanitarios promovió que los bidones se enterraran, quemaran o reutilizaran, acciones que se constituyen  en un riesgo para la salud ambiental y humana.
Proyecto de gestión integral de plaguicidas y fertilizantes
La Pampa avanza en consolidar la legislación que permita cumplir el doble precepto constitucional –nacional y provincial- de protección del ambiente,  garantizando a cada pampeana y pampeano el derecho a vivir en un ambiente sano.
En este sentido la provincia avanza en la constitución de normativas legales que regulen  la gestión integral de plaguicidas y fertilizantes con el objetivo de consolidar parámetros claros en el uso de estos productos, como así también el marco regulatorio para los envases vacíos.
La provincia  actualiza y reestructura la legislación a su  realidad social, económica, cultural ambiental y política, convencida de la posibilidad de armonizar el desarrollo de la actividad agropecuaria con un manejo social y ambientalmente responsable a través de técnicas más racionales,  eficientes  y el  uso controlado de los plaguicidas-fertilizantes y de sus envases.
Novedad Legislativa
La Pampa se convierte en la primera provincia en implementar y promover la integralidad a través de un sistema único de trazabilidad que abarca desde la fase de producción, comercialización, uso y aplicación de tales productos hasta la gestión diferenciada de los envases vacíos resultantes.
El nuevo sistema establece el sistema único de trazabilidad, e implementa el uso y exigencia de la receta de compra, receta rural, receta urbana y remitos para vincular cada eslabón de la cadena.
Asimismo cuenta con un régimen claro y contundente en materia de infracciones y sanciones, y establece distancias mínimas como límites para la aplicación de plaguicidas y fertilizantes (áreas y terrestres).
La normativa implementa una gestión diferenciada de envases vacíos de productos plaguicidas y fertilizantes, e introduce alternativas en el sistema de gestión integral de envases vacíos de ambos productos, contando la Provincia con dos tipologías de acopio: Centro de Acopio Primario (CAP) y Centro de Acopio Transitorio (CAT).

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